DECRETO 023
06 de agosto de 2013
Fidel León Cadavid Marín,
Por gracia de Dios y voluntad de la Sede Apostólica
Obispo de Sonsón-Rionegro
CONSIDERANDO:
1º. Que el decreto Conciliar ChristusDominus dice «La salvación de las almas ha de ser la causa por la que se determinen las erecciones de las parroquias» (Nº. 32)
2º. Que el Motu Proprio EcclesiaeSantae en el número 21 dispone: «Hay que esforzarse por todos los medios posibles para que las parroquias en las que el excesivo número de fieles o demasiada amplitud del territorio dificultan o hacen menos adecuada la labor apostólica, sean divididas o desmembradas convenientemente».
3º. Que en la ciudad de El Retiro, el sector Don Diego, ha visto crecer aceleradamente el número de sus habitantes, por lo cual se impone una mejor atención pastoral a los fieles y que la comunidad que allí habita ha venido siendo evangelizada y preparada para la organización canónica.
4°. Que el Consejo Presbiteral, oído a tenor del canon 515 § 2, dio su parecer favorable a la erección de la nueva Parroquia, e igualmente algunos párrocos de las parroquias de Rionegro, El Retiro y La Ceja, han manifestado la conveniencia de la misma.
5º. Que la Parroquia legítimamente erigida tiene personería jurídica de propio derecho. ( C.I.C 515 §3).
Continuación del Decreto Episcopal 023 del 06 de agosto de 2013
DECRETA:
Artículo 1º. Erígese en la ciudad de El Retiro, la Parroquia «Camino de Emaús», con el Patrocinio de «Nuestra Señora del Camino», desmembrándola de las Parroquias «Nuestra Señora del Rosario», «El Sagrado Corazón de Jesús», de El Retiro y de «Nuestra Señora del Carmen» de La Ceja.
Artículo 2º. Los límites de la parroquia serán los siguientes:
Partiendo del río Rionegro, hasta el puente de La pica que conduce a la vereda Tablacito (del municipio de Rionegro). De ahí hacia el oriente por la parte izquierda de la vía hasta encontrar la vía Llano Grande-El Retiro, sector de La Pica. De ahí se sube por el Oriente (vereda El higuerón de Rionegro) hasta el camino al pie de la arboleda. Se sigue por la cordillera hasta llegar al alto del «Corcovado» (límites de los municipios de Rionegro, La Ceja y El Retiro). Se continúa por la cordillera en sentido sur, pasando la vía que conduce de El Retiro a La Ceja (finca La Conchinchina) en el «Altodel Silencio».
Dejando el alto, se sigue por la cordillera que los divide del sector «Llanadas» de la vereda «Pantanillo»; continuando por todo el límite veredal hasta la vereda «Lejosdel Nido» y la vereda Pantanillo, hasta llegar a la parcelación «Reservas del Retiro», ubicada en la vereda Pantanillo.
Continuando por la cordillera, lindero con la finca «Los Laureles» dentro de la vereda «Lejosdel Nido». Continúa por la cordillera hasta encontrar el sector «Chirimías» (dentro de la vereda El Chuscal). Continúa por la cordillera dentro la vereda «El Portento» que los divide de la vereda Pantanillo y la vereda Santa Elena, hasta llegar a las fincas «La Cascada» y «Los Guaduales»; hasta la vereda «El Portento» y que los divide de la parcelación «Reforestadora la luz» en la vereda Santa Elena (de la parroquia Nuestra Señora del Rosario), hasta llegar a la vereda «Don Diego», y que los divide del sector conocido como «Cañada de las Flores» dentro de la vereda «Don Diego»; pasando por la vía principal que conduce de «La Fe» a la zona urbana de El Retiro, hasta llegar a la quebrada «Pantanillo» y por ésta hasta la planta de bombeo en el sector La fe que alimenta la represa.
Continuación del Decreto Episcopal 023 del 06 de agosto de 2013
Continúa por la quebrada (o río Pantanillo) por todo su cauce, hasta encontrar la granja «Emaús» dentro de la vereda «Don Diego» y que los divide de la vereda «Los Salados» (parroquia del Sagrado Corazón); continuando por la misma cordillera hasta el sector «La Lorena» dentro de la vereda «Don Diego» y que los divide de la vereda «El Tablazo» del municipio de Rionegro. Cordillera abajo hasta llegar al rio Rionegro; aguas arriba hasta encontrar la desembocadura de la quebrada «Piedras Blancas». Siguiendo el río Rionegro, hasta el punto de partida (el puente de La Pica).
Artículo 3º. La Parroquia atenderá a las siguientes comunidades religiosas y educativas: Hermanitas de la Anunciación del Tabor y los Hermanos Siervos de María, la Institución Educativa «Don Diego» y La Universidad EAFIT.
Artículo 4º. La Fiesta Patronal se celebrará el 31 de mayo día de «La Visitación».
Artículo 5°. Nómbrase como primer Párroco al Presbítero John Jairo Londoño Valencia, quien se posesionará en agosto del 2013.
Artículo 6º. Las parroquias vecinas que se vieren afectadas se atendrán al presente Decreto, por el cual quedan derogadas las disposiciones anteriores que le fueren contrarias.
Artículo 7º. Téngase en cuenta que la finalidad principal de una parroquia es la Evangelización de los fieles, la distribución de la gracia divina por medio de los sacramentos y la construcción de la comunidad cristiana, por lo cual se han de crear estructuras pastorales apropiadas para ello.
Dado en Rionegro (Antioquia) el seis (06) de agosto de dos mil trece (2013), Fiesta de La Transfiguración del Señor.
+ Fidel León Cadavid Marín
Obispo de Sonsón-Rionegro
Jorge Iván Londoño Henao, Pbro.
Canciller