Decreto 049 de 2024

Decretos

DECRETO 049

Noviembre 26 de 2024

 FIDEL LEÓN CADAVID MARÍN,

 Por gracia de Dios y voluntad de la Sede Apostólica

Obispo de Sonsón-Rionegro

 

CONSIDERANDO

 

  1. Que a tenor del canon 145 del C.I.C. se pueden establecer oficios eclesiásticos para el Bien Espiritual de los Files y de la Iglesia.
  2. Que el Motu Proprio “Vos Estis Lux Mundi”, pide a los Obispos trabajar en la prevención de abusos menores de edad y personas en condición de vulnerabilidad,
  3. Que el Motu Proprio “Vos Estis Lux Mundi”, en el Artículo 2, 1, pide la creación de un oficio eclesiástico específico que tenga como tarea principal trabajar en la prevención de estos abusos menores de edad y personas en condición de vulnerabilidad.
  4. Que la diócesis de Sonsón Rionegro mediante decreto 001 del nueve (09) de enero de dos mil catorce (2014), adoptó las líneas guías líneas para “la redacción de decretos diocesanos de protección de menores” emanadas de la conferencia episcopal colombiana en el año dos mil trece (2013)
  5. Que la conferencia Episcopal Colombiana en el año dos mil veinte dos (2022), publicó las líneas guía de “la cultura del cuidado”, las cuales buscan dar respuesta a la situación de abusos de todo tipo y que deben ser implementadas en todas las jurisdicciones eclesiásticas del país.
  6. Que la conferencia Episcopal Colombiana en el año dos mil veintitrés (2023), publicó las líneas operativas de “la cultura del cuidado”, lo que hace necesario su implementación en la diócesis.
  7. Que las líneas guías que la diócesis de Sonsón Rionegro implemente, deben ceñirse a las ya trazadas por la conferencia episcopal colombiana y deberán contener políticas, protocolos, procedimientos, acciones y estrategias en el marco de un sistema que favorezca la cultura del cuidado.

 

DECRETA:

 

Artículo primero: Créese en la diócesis de Sonsón Rionegro la oficina “Cultura del Cuidado” la cual tendrá como lugar de despacho las instalaciones de la Curia Diocesana, ubicada en la calle 51 # 47 – 31 y cuyo correo electrónico es [email protected]

Artículo segundo: Implementasen en la Diócesis de Sonsón Rionegro las Líneas Guías “Cultura del cuidado, en la Iglesia Católica Colombia” publicadas por la conferencia episcopal colombiana el quince (15) de agosto del año dos mil veintidós (2022).

Artículo tercero:   Implementasen en la diócesis de Sonsón Rionegro las líneas operativas o buenas prácticas “apóstoles del cuidado”, publicadas por la conferencia episcopal colombiana el quince (15) de agosto del año dos mil veintitrés (2023).

Artículo cuarto: Nómbrese al Presbítero Ronal Mauricio PULIDO MARTÍNEZ, como delegado episcopal para la “oficina del cuidado”.

Artículo quinto: El delegado episcopal para la “oficina del cuidado” tendrá dentro de sus funciones las siguientes:

  • Recibir la denuncia formal y directa de cualquier abuso en contra de un menor de edad o persona en estado de vulnerabilidad, por parte de un clérigo, religioso o laico que esté involucrado en un ambiente pastoral o laboral en cualquier institución de la Diócesis de Sonsón Rionegro; lo mismo que en alguna Casa o Apostolado de cualquier Instituto de Vida Consagrada o Sociedad de Vida Apostólica presente en nuestra Iglesia Particular.
  • Implementará un programa de prevención y capacitación en “cultura del cuidado”, que involucre todos los agentes de evangelización, sacerdotes, religiosos, laicos, trabajadores de las parroquias, y en general a todos los fieles presentes en el territorio diocesano.
  • Deberá crear una comisión interdisciplinaria de profesionales que favorezca el acompañamiento y atención a las víctimas y posibles victimarios.
  • La oficina deberá crear un manual de conducta llamado “Manual de conducta TIPO”, el cual se implementará de acuerdo a las circunstancias y especificidad de cada lugar eclesial, este manual tendrá la ruta de atención y las prácticas de buena conducta.

 

Artículo sexto: Esta oficina de la cultura del cuidado dependerá organizacionalmente de la vicaría general y del obispo diocesano.

Artículo séptimo: El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Rionegro, (Antioquia) a los veintiséis (26) días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024).

  + Fidel León Cadavid Marín           

Obispo de Sonsón Rionegro

Juan Carlos Duque Villada, Pbro. 

Canciller

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