19 de diciembre de 2014
FIDEL LEÓN CADAVID MARÍN,
Por gracia de Dios y voluntad de la Sede Apostólica
Obispo de Sonsón-Rionegro
CONSIDERANDO:
- Que es competencia del Señor Obispo realizar la provisión de párrocos y otros oficios que hagan falta en las diversas comunidades e instituciones de la Diócesis.
- Que a tenor del canon 151 del Código de Derecho Canónico, hace urgente el nombramiento de los sacerdotes a que se hace referencia más adelante, para que continúen atendiendo de manera estable a las comunidades a ellos encomendadas con la ayuda efectiva de los fieles laicos y en ciertos casos con la cooperación fraterna de otros sacerdotes o diáconos.
- Que los sacerdotes que a continuación referenciamos han sido traslados de sus cargos anteriores.
DECRETA
Artículo 1. Nómbrese a los siguientes sacerdotes para prestar sus servicios en el oficio de Párrocos en las comunidades a las que se hace referencia a continuación:
- Presbítero José Saúl Grisales Grisales, Párroco de la Catedral “Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá” en Sonsón.
- Presbítero Juan Agustín Villada López, Párroco de “Nuestra Señora del Carmen” en Abejorral.
- Presbítero Luis Ignacio Acevedo Acevedo, Párroco de “Cristo Rey” en Abejorral.
- Presbítero Luis Fernando Restrepo Echeverri, Párroco de “Nuestra Señora del Rosario” en El Retiro.
- Presbítero Oscar Manuel Alzate López, Párroco de “Beato Eugenio Ramírez” en La Ceja.
- Presbítero Carlos Humberto Hincapié Sánchez, Párroco de “San Joaquín y Santa Ana” en Rionegro.
- Presbítero John Mario Henao Cardona, Párroco de “San Juan Bosco” en Rionegro.
- Presbítero Oscar Emilio Galvis Mejía, Párroco de “Jesús Nazareno” en Rionegro.
- Presbítero Carlos Emilio Álvarez Isaza, Párroco de “La Inmaculada Concepción” en Mesopotamia – La Unión.
- Presbítero Alfar Antonio Vélez, Párroco de “San Antonio” en Guarne.
- Presbítero Jorge Humberto Guzmán Fernández, Párroco de “San Juan Bautista” en El Jordán – San Carlos.
- Presbítero Isidro de Jesús Vargas Marín, Párroco de “Santa Ana” en Granada.
- Presbítero Benancio de Jesús Ochoa Cardona, Párroco de “La Sagrada Eucaristía” en El Prodigio – San Luis.
Artículo 2. El presente decreto rige a partir de su fecha de expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Rionegro (Antioquia) el diecinueve (19) de diciembre de dos mil catorce (2014).
+Fidel León Cadavid Marín
Obispo de Sonsón-Rionegro
Ricardo Aníbal García Arango, Pbro.
Canciller