Decreto 035 de 2016

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DECRETO 035
03 de Diciembre de 2016
Memoria litúrgica de San Francisco Javier

FIDEL LEÓN CADAVID MARÍN,

Por gracia de Dios y voluntad de la Sede Apostólica
Obispo de Sonsón-Rionegro

CONSIDERANDO:

1. Que por su misma naturaleza, toda la Iglesia es misionera (Cfr. C.I.C. c. 781).

2. Que corresponde al Romano Pontífice y al Colegio de los Obispos la dirección suprema y la coordinación de las iniciativas y actividades que se refieren a la obra misional y a la cooperación misionera (Cfr. C.I.C. c. 782 §1).

3. Que cada Obispo, en cuanto que es responsable de la Iglesia universal y de todas las Iglesias, muestre una solicitud peculiar por la tarea misional, sobre todo suscitando, fomentando y sosteniendo iniciativas misionales en su propia Iglesia particular. (Cfr. C.I.C. c. 782 §2).

4. Que en reunión del Consejo Presbiteral del 15 de Junio de 2016 fue aprobado por unanimidad el Proyecto Misionero Diocesano.

5. Que los misioneros, es decir, aquellos que son enviados por la autoridad eclesiástica competente para realizar la obra misional, pueden ser elegidos entre los autóctonos o no, ya sean clérigos seculares u otros fieles laicos (Cfr. C.I.C. c. 784).

6. Que dicho proyecto, contempla que los sacerdotes incardinados en esta Diócesis, durante sus diez (10) primeros años de ministerio, deben prestar un servicio misionero en Iglesias hermanas, ya sea en Colombia o en el extranjero.

DECRETA:

Artículo primero: Determínese que en adelante todos los Presbíteros diocesanos, sean enviados a prestar un servicio misionero durante los primeros diez (10) años de ministerio.

Artículo segundo. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Rionegro, (Antioquia) a los tres (03) días del mes de Diciembre del año dos mil dieciséis (2016). Memoria litúrgica de San Francisco Javier.
+ Fidel León Cadavid Marín 
Obispo de Sonsón-Rionegro

Ricardo García Arango Pbro.
Canciller

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