Decreto 050 de 2018

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DECRETO 050
18 de diciembre de 2018

FIDEL LEÓN CADAVID MARÍN,
Por gracia de Dios y voluntad de la Sede Apostólica
Obispo de Sonsón-Rionegro 

CONSIDERANDO:

  1. Que es competencia del Señor Obispo realizar la provisión de los oficios que hagan falta en las diversas comunidades e instituciones de la Diócesis o a cargo de la Diócesis.
  2. Que los sacerdotes que referenciamos a continuación, han sido trasladados de sus oficios anteriores.

DECRETA:

Artículo primero:

Nómbrese a los siguientes sacerdotes para prestar sus servicios en el oficio al que se hace referencia a continuación:

 Presbítero Néstor Raúl RESTREPO PULGARÍN, Vicario de administración.

 Presbítero Elkin de Jesús NARVAEZ GÓMEZ, Rector de la Universidad Católica de Oriente.

 Presbítero Gildardo de Jesús MARÍN ACEVEDO, Rector del Seminario Diocesano Nuestra Señora.

 Presbítero Fernando Manuel LIMÓN HERNÁNDEZ. Formador en el Seminario Diocesano Nuestra Señora.

 Presbítero Robert León RODRÍGUEZ SEVERICHE, Director de la Asociación Sacerdotal Siervos del Espíritu Santo.

 Presbítero John Alexander GÓMEZ GÓMEZ, Formador en el Seminario Nacional Cristo Sacerdote.

 Presbítero Jorge Iván LONDOÑO HENAO, Formador en el Seminario Nacional Cristo Sacerdote.

 Presbítero Jorge Luis GIRALDO RINCÓN, Miembro del equipo del Área Pastoral de Vocaciones y Ministerios .

 Presbítero Jairo de Jesús RAMÍREZ RAMÍREZ, miembro del equipo del Área de Pastoral de la Evangelización.

 Presbítero Jorge Humberto GUZMÁN FERNÁNDEZ, miembro del equipo del Área de Pastoral de la Evangelización.

 Presbítero Ferney Alonso GIRALDO CASTRO, Capellán del Colegio Monseñor Alfonso Uribe Jaramillo de la UCO.

 Presbítero Oscar Fredy HENAO GÓMEZ, Delegado para la pastoral en COREDI.

 Presbítero William de Jesús QUINTERO DUQUE, para la Capilla San José, en el sector San José de las Cuchillas – Rionegro.

 Presbítero Víctor de Jesús CASTRO ALZATE, Capellán de las “Hijas del FIAT”.

 Presbítero Josué de Jesús OCHOA CASTAÑO, Rector del templo de “María Auxiliadora”, en La Rivera – Marinilla.

 Artículo segundo. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Rionegro, (Antioquia) a los dieciocho (18) días del mes de Diciembre del año dos mil dieciocho (2018).

+ Fidel León Cadavid Marín
 Obispo de Sonsón-Rionegro

Ricardo García Arango Pbro.
Canciller

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