DECRETO 006
12 de febrero de 2018
FIDEL LEÓN CADAVID MARÍN,
Por gracia de Dios y voluntad de la Sede Apostólica
Obispo de Sonsón-Rionegro
CONSIDERANDO:
- Que el Código de Derecho Canónico en el canon 553 y siguientes manifiesta:
- Que el arcipreste o vicario foráneo es nombrado por el Obispo diocesano, después de oír, según su prudente juicio, a los sacerdotes que ejercen el ministerio en la Vicaria de la que trata.
- Que el obispo ha de elegir a aquel sacerdote a quien considere idóneo según las circunstancias de lugar y tiempo.
- Que el Vicario Foráneo debe nombrarse para un tiempo determinado, que se concretará en el derecho particular.
DECRETA:
Artículo 1°. Nómbrese para un periodo de tres (03) años como Vicarios Foráneos, a los siguientes sacerdotes:
Presbítero Bernardo Arley ARISTIZÁBAL GONZÁLEZ, de la Vicaría “Nuestra Señora del Rosario de Arma”.
Presbítero Francisco Javier GIRALDO QUINTERO, de la Vicaría “El Sagrado Corazón de Jesús”.
Presbítero Pedro Nel GIRALADO ZULUAGA, de la Vicaría “Nuestra Señora del Carmen”.
Presbítero Elkin Darío MOSQUERA ISAZA, de la Vicaría “San Simón y San Judas”.
Presbítero Iván de Jesús VALENCIA AGUILAR, de la Vicaría “La Inmaculada”.
Presbítero Fabio de Jesús LOPEZ MEJÍA, de la Vicaría “Nuestra Señora de Chiquinquirá”.
Presbítero Carlos Alberto CASTAÑO ARANGO, de la Vicaría “Monseñor Alfonso Uribe Jaramillo”.
Presbítero José Darío OCAMPO VILLA, de la Vicaría “Santa Laura Montoya”.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su fecha de expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Rionegro, (Antioquia) a los doce (12) días del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018).
+ Fidel León Cadavid Marín
Obispo de Sonsón-Rionegro
Ricardo García Arango Pbro.
Canciller