DECRETO 006
Febrero 12 de 2021
FIDEL LEÓN CADAVID MARÍN,
Por gracia de Dios y voluntad de la Sede Apostólica
Obispo de Sonsón-Rionegro
CONSIDERANDO:
- Que el Código de Derecho Canónico en el canon 553 y siguientes manifiesta:
- Que el arcipreste o vicario foráneo es nombrado por el Obispo diocesano, después de oír, según su prudente juicio, a los sacerdotes que ejercen el ministerio en la Vicaria de la que trata.
- Que el obispo ha de elegir a aquel sacerdote a quien considere idóneo según las circunstancias de lugar y tiempo.
- Que el Vicario Foráneo debe nombrarse para un tiempo determinado, que se concretará en el derecho particular.
DECRETA:
Artículo primero: Nómbrese para un periodo de tres (03) años como Vicarios Foráneos, a los siguientes sacerdotes:
Presbítero Ovier de Jesús GALVIS SÁNCHEZ, Vicaría “Nuestra Señora del Rosario de Arma”.
Presbítero Alfar Antonio VÉLEZ, Vicaría “El Sagrado Corazón de Jesús”.
Presbítero José Evelio GIRALDO GIRALDO, Vicaría “Nuestra Señora del Carmen”.
Presbítero Edwin Yair HIDALGO GIRALDO, Vicaría “San Simón y San Judas”.
Presbítero Edison Andrés GIRALDO RENDÓN, Vicaría “La Inmaculada Concepción”.
Presbítero Fabio de Jesús LÓPEZ MEJÍA, Vicaría “Nuestra Señora de Chiquinquirá”.
Presbítero Marco Tulio CASTAÑO MARÍN, Vicaría “Santa Laura Montoya”.
Presbítero Luis Javier OTÁLVARO ÁLVAREZ, Vicaría “Monseñor Alfonso Uribe Jaramillo”.
Artículo segundo: El presente decreto rige a partir de su fecha de expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Rionegro, (Antioquia) a los doce (12) días del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021).
+ Fidel León Cadavid Marín
Obispo de Sonsón-Rionegro
Juan Carlos Duque Villada Pbro.
Canciller