DECRETO 022
Febrero 17 de 2025
FIDEL LEÓN CADAVID MARÍN,
Por gracia de Dios y voluntad de la Sede Apostólica
Obispo de Sonsón-Rionegro
CONSIDERANDO:
- Que según el c. 547, el Obispo diocesano nombra libremente a los clérigos que están bajo su jurisdicción.
- Que a tenor del c. 545, cuando sea necesario u oportuno para el buen desempeño de la cura pastoral de una parroquia, además del párroco, puede haber uno o varios vicarios parroquiales que, como cooperadores del párroco y partícipes de su solicitud, unidos al párroco por una misma voluntad y deseo, trabajen bajo su autoridad en el ministerio pastoral.
- Que según el c. 547. El Obispo diocesano nombra libremente al vicario parroquial.
- Que los sacerdotes a los que se hace referencia a continuación han sido trasladados de sus anteriores oficios.
DECRETA:
Artículo primero: Nómbrese a los siguientes sacerdotes para prestar sus servicios pastorales como Vicarios parroquiales:
Presbítero Daniel Mateo ARISTIZÁBAL DUQUE, en la parroquia “Nuestra Señora de Chiquinquirá” El Peñol.
Presbítero Juan Fernando MARÍN MAZO, en la parroquia “Santa Bárbara”, Granada.
Artículo segundo: El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Rionegro, (Antioquia) a los diecisiete (17) días del mes de febrero del año dos mil veinticinco (2025).
+ Fidel León Cadavid Marín
Obispo de Sonsón Rionegro
Juan Carlos Duque Villada, Pbro.
Canciller