Decreto 029 de 2022

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DECRETO 029
 29 de agosto de 2022

FIDEL LEÓN CADAVID MARÍN,
Por gracia de Dios y voluntad de la Sede Apostólica
Obispo de Sonsón-Rionegro 

CONSIDERANDO:

  1. Que los fieles de la parroquia de “Nuestra Señora del Carmen” de Guatapé, Antioquia, tributan una especial veneración a la Santísima Virgen María en su advocación de «Nuestra Señora del Carmen», Patrona de la municipalidad, la cual ha sido fomentada y fortalecida durante estos doscientos años.
  2. Que la veneración de las imágenes de Santa María frecuentemente se manifiesta adornando su cabeza con una corona real. La costumbre de representar a Santa María Virgen ceñida con corona regia data ya de los tiempos del Concilio de Éfeso (431) y fue propagada en Occidente por los fieles, religiosos o laicos, sobre todo desde el siglo XVI.
  3. Que los Romanos Pontífices no sólo secundaron esta forma de piedad popular, sino que, además, personalmente o por medio de obispos por ellos delegados, coronaron imágenes de la Virgen Madre de Dios ya insignes por la veneración pública y, al generalizarse esta costumbre, se fue organizando el Rito para la coronación de las imágenes de Santa María Virgen, incorporado a la Liturgia Romana en el siglo XIX.
  4. Que con este Rito reafirma la Iglesia que «Santa María Virgen con razón es tenida e invocada como Reina, ya que es Madre del Hijo de Dios, Rey del Universo, colaboradora augusta del Redentor, discípula perfecta de Cristo y miembro supereminente de la Iglesia» (Congregación para los Sacramentos y el Culto Divino, Ritual de la coronación de una imagen de Santa María Virgen [14-II-1983], Prenotandas).
  5. Que por ello, atendiendo a la petición realizada por el Sr. Cura Párroco de «Nuestra Señora del Carmen » Guatapé, quien expresa en su misiva la devoción y el fervor que fieles de su parroquia tributan y han tributado a lo largo de doscientos años, a la Virgen María en la Advocación del “Monte Carmelo” con ornato, procesiones, peregrinaciones, tradiciones familiares, visita frecuente de peregrinos y otros gestos de piedad, los cuales ratifican el amor que esa porción de fieles tributa a la madre del Salvador y sopesada la petición en consonancia con las indagaciones pertinentes, se observa claramente que se reúnen los Criterios diocesanos para la Coronación canónica de la Imagen de la Santísima Virgen María.

DECRETA:

Artículo primero: Que acogiendo con gozo la petición del Señor cura párroco de “Nuestra Señora del Carmen” Guatapé y, en virtud de las facultades que nos son concedidas en el Decreto de la Congregación para los Sacramentos y el Culto Divino, de 25 de marzo de 1973, disponemos que la imagen de «Nuestra Señora del Carmen», venerada en Guatapé, sea coronada canónicamente, según lo dispuesto en el Ritual de la Coronación de una imagen de la Santísima Virgen María, el día veintiuno (21) de septiembre del año del Señor dos mil veintidós (2022).

Artículo segundo: Confiando que la coronación canónica de la imagen quiteña de “Nuestra Señora del Carmen” contribuirá a que los fieles cristianos de esta parroquia imiten a la Madre de Dios en sus virtudes, amando a los hermanos, dando testimonio de su fe y ayudando a lo más necesitados, mandamos extender el presente decreto, para perpetua memoria y mayor gloria de la Santísima Trinidad y veneración de la Madre del Salvador.

Artículo tercero: El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Rionegro, (Antioquia) a los veintinueve (29) días el mes de agosto del año del Señor dos mil veintidós (2022), memoria obligatoria del martirio de San Juan Bautista.

+ Fidel León Cadavid Marín
 Obispo de Sonsón-Rionegro

Juan Carlos Duque Villada Pbro.
Canciller

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