DECRETO 041
Diciembre 12 de 2022
FIDEL LEÓN CADAVID MARÍN,
Por gracia de Dios y voluntad de la Sede Apostólica
Obispo de Sonsón-Rionegro
CONSIDERANDO:
- Que el párroco es el pastor propio de la parroquia que se le confía, y ejerce la cura pastoral de la comunidad que le está encomendada bajo la autoridad del Obispo diocesano en cuyo ministerio de Cristo ha sido llamado a participar, para que en esta misma comunidad cumpla las funciones de enseñar, santificar y regir, con la cooperación también de otros presbíteros o diáconos y con la ayuda de los fieles laicos, conforme a la norma del derecho. (Cfr. C.I.C. c. 519).
- Que la provisión del oficio de párroco compete al Obispo diocesano, mediante libre colación. (Cfr. C.I.C. c. 523).
- Que el párroco representa a la parroquia en todos los negocios Jurídicos, conforme a la norma del derecho. (Cfr. 532).
- Que los sacerdotes que referenciamos a continuación, han sido trasladados de sus oficios anteriores.
DECRETA:
Artículo primero: Nómbrese a los siguientes sacerdotes para prestar sus servicios en el oficio de Párroco en las comunidades que se referencian a continuación:
Presbítero Iván de Jesús MARÍN, Párroco de “San Pio X” en el Municipio de Envigado.
Presbítero Benancio de Jesús OCHOA CARDONA, Párroco de “Santa Bárbara” en el Municipio de Granada.
Presbítero Fernando de Jesús MONSALVE SALAZAR, Párroco de “Santa Ana” en el Municipio de Granada.
Presbítero José Iván GALLEGO GONZÁLEZ, Párroco de “La Transfiguración del Señor” en el Municipio de El Peñol.
Presbítero John Jairo OLAYA BALLESTEROS, Párroco de “El Camino de Emaús” en el Municipio de El Retiro.
Presbítero Luis Ferney LÓPEZ JIMÉNEZ, Párroco de la Basílica menor “San Judas Tadeo” en el Municipio de El Santuario.
Presbítero Iván de Jesús VALENCIA AGUILAR, Párroco de “San Cayetano” en el Municipio de La Ceja.
Presbítero Wilson Fernando BOTERO SERNA, Párroco de “La Santa Cruz” en el Municipio de La Ceja.
Presbítero Marco Tulio CASTAÑO MARÍN, Párroco de El Santuario diocesano “María Auxiliadora” en el Municipio de Marinilla.
Presbítero José Reinel RENDON BUITRAGO, Párroco de “Nuestra Señora de las Mercedes” en el Municipio de Nariño.
Presbítero Didier Antonio TORO GONZÁLEZ, Párroco de “Nuestra Señora del Carmen” en el Municipio de San Carlos.
Presbítero Libardo Alfonso QUINCHÍA MAYO, Párroco de “San Francisco de Asís” en el Municipio de San Francisco.
Presbítero Edwin Andrés QUINTERO CLAVIJO, Párroco de “La Sagrada Eucaristía” en el Municipio de San Luis.
Artículo segundo: Nómbrese al siguiente sacerdote para prestar sus servicios pastorales como se referencia a continuación:
Presbítero Raúl Efrén BEDOYA GAVIRIA, encargado del Proyecto Parroquial “Zona Norte” en el Municipio de Rionegro.
Artículo tercero: La posesión canónica de los señores curas párrocos se efectuará el día veintiséis (26) de diciembre del año dos mil veintidós (2022) en la parroquia concatedral “San Nicolás el Magno” del Municipio de Rionegro a las 12:00m.
Artículo cuarto: Todos los párrocos anteriormente nombrados deberán estar en sus respectivas parroquias el día veintinueve (29) de diciembre del presente año.
Artículo quinto: El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Rionegro, (Antioquia) a los doce (12) días del mes de diciembre del año dos mil veintidós (2022).
+ Fidel León Cadavid Marín
Obispo de Sonsón-Rionegro
Juan Carlos Duque Villada Pbro.
Canciller