DECRETO 051
Diciembre 05 de 2024
FIDEL LEÓN CADAVID MARÍN,
Por gracia de Dios y voluntad de la Sede Apostólica
Obispo de Sonsón-Rionegro
CONSIDERANDO:
- La Curia Diocesana consta de aquellos organismos y personas que colaboran con el Obispo en el gobierno de toda la diócesis, principalmente en la dirección de la actividad pastoral, en la administración de la diócesis, así como en el ejercicio de la potestad judicial. (Cfr. C.I.C. c. 469).
- Corresponde al Obispo diocesano nombrar a quienes han de desempeñar oficios en la Curia Diocesana. (Cfr. C.I.C. c. 470).
- Todos los que son admitidos a desempeñar oficios en la Curia Diocesana deben:
- Prometer que cumplirán fielmente su tarea, según el modo determinado por el derecho o por el Obispo.
- Guardar secreto, dentro de los límites y según el modo establecidos por el derecho o por el Obispo. (Cfr. C.I.C. c. 471).
- Que es competencia del Señor Obispo realizar la provisión de los oficios que hagan falta en las diversas comunidades e instituciones de la Diócesis o a cargo de la Diócesis.
- Que los sacerdotes referenciados a continuación, han sido trasladados de sus oficios anteriores.
DECRETA:
Artículo primero: Nómbrese a los siguientes sacerdotes para prestar sus servicios en el oficio al que se hace referencia a continuación:
Presbítero Elkin de Jesús NARVÁEZ GÓMEZ, Vicario de Administración y Representante Legal de la Asociación Mutual “Communio”.
Presbítero Nelson de Jesús PATIÑO VILLA, Vicario de Pastoral.
Presbítero Anderson Arturo VILLADA AGUIRRE, Vicario Judicial y Presidente del Tribunal Eclesiástico Diocesano.
Presbítero Ángel David AGUDELO MESA, Rector de la “Universidad Católica de Oriente” y Párroco de “Madre de la Sabiduría”, Rionegro.
Artículo segundo: La posesión canónica de los sacerdotes anteriormente nombrados se efectuará el día 27 de diciembre de 2024, en la Concatedral “San Nicolás el Magno”, del municipio de Rionegro, a las 12:00 m.
Artículo tercero: Nómbrese a los siguientes sacerdotes para prestar sus servicios en el oficio al que se hace referencia a continuación:
Ilustrísimo Monseñor Darío del SOCORRO GÓMEZ ZULUAGA, Director del Instituto Pastoral del Clero “IPC”, La Ceja.
Presbítero Carlos Andrés GIRALDO GÓMEZ, para el Instituto Pastoral del Clero “IPC”, La Ceja y Delegado Episcopal para la Pastoral Sacerdotal.
Presbítero José Humberto GIL HENAO, para el Instituto Pastoral del Clero “IPC”, La Ceja.
Presbítero Jorge Eliecer GÓMEZ GIRALDO, para la “Universidad Católica de Oriente” y Vicario Parroquial de “Madre de la Sabiduría”, Rionegro.
Presbítero Fabio de Jesús ARCILA GIRALDO, Formador en el Seminario Diocesano “Nuestra Señora”, Marinilla.
Presbítero Néstor Iván ZULUAGA ZULUAGA, Formador en el Seminario Diocesano “Nuestra Señora”, Marinilla.
Presbítero José Reinel RENDON BUITRAGO, para la “Corporación Educativa para el Desarrollo Rural Integral” – “COREDI”.
Presbítero Francisco Antonio GÓMEZ GÓMEZ, Capellán del “Movimiento Laical Discípulos Misioneros del Inmaculado Corazón de María” – “DICMA”.
Artículo cuarto: El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Rionegro, (Antioquia) a los cinco (05) días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024).
+ Fidel León Cadavid Marín
Obispo de Sonsón Rionegro
Juan Carlos Duque Villada, Pbro.
Canciller