DECRETO 053
Diciembre 16 de 2024
FIDEL LEÓN CADAVID MARÍN,
Por gracia de Dios y voluntad de la Sede Apostólica
Obispo de Sonsón-Rionegro
CONSIDERANDO:
- Que es competencia del Señor Obispo realizar la provisión de los oficios que hagan falta en las diversas comunidades e instituciones de la Diócesis o a cargo de la Diócesis.
- Que el párroco es el pastor propio de la parroquia que se le confía, y ejerce la cura pastoral de la comunidad que le está encomendada bajo la autoridad del Obispo diocesano en cuyo ministerio de Cristo ha sido llamado a participar, para que en esta misma comunidad cumpla las funciones de enseñar, santificar y regir, con la cooperación también de otros presbíteros o diáconos y con la ayuda de los fieles laicos, conforme a la norma del derecho. (Cfr. C.I.C. c. 519).
- Que la provisión del oficio de párroco compete al Obispo diocesano, mediante libre colación. (Cfr. C.I.C. c. 523).
- Que el párroco representa a la parroquia en todos los negocios Jurídicos, conforme a la norma del derecho. (Cfr. 532).
- Que los sacerdotes que referenciamos a continuación, han sido trasladados de sus oficios anteriores.
DECRETA:
Artículo primero: Nómbrese a los siguientes sacerdotes para prestar sus servicios en el oficio de Párroco en las comunidades que se referencian a continuación:
Presbítero Javier Arturo MARÍN CARVAJAL, Párroco de “Nuestra Señora del Carmen”, El Carmen de Viboral.
Presbítero Luis Ignacio ACEVEDO ACEVEDO, Párroco de “Santa Bárbara”, Granada.
Presbítero Hernán Alonso OSORIO RAMÍREZ, Párroco de “Santa Ana”, Guarne.
Presbítero Ricardo Aníbal GARCÍA ARANGO, Párroco de “Beato Eugenio Ramírez”, La Ceja.
Presbítero Héctor Alexander HERRERA VERGARA, Párroco de “San José”, La Ceja.
Presbítero Juan Mauricio SERNA GIRALDO, Párroco de “Nuestra Señora de Las Mercedes”, Nariño.
Presbítero Hugo Alberto ZULUAGA SALAZAR, Párroco de “El Espíritu Santo”, Rionegro.
Presbítero Oscar Emilio GALVIS MEJÍA, Párroco de “La Santísima Trinidad”, Rionegro.
Presbítero Hugo Humberto HOYOS DUQUE, Párroco de “Nuestra Señora de Chiquinquirá”, Rionegro, se ratifica como delegado episcopal para la “Pastoral Educativa”.
Presbítero Daniel Felipe CARDONA SALAZAR, Párroco de “Nuestra Señora del Perpetuo Socorro”, Rionegro, se ratifica como delegado episcopal para “Comunicaciones”.
Presbítero Germán Albeiro ZULUAGA ATEHORTÚA, Párroco de “San Joaquín y Santa Ana”, Rionegro.
Presbítero Jorge Aldemar ARISTIZÁBAL GÓMEZ, Párroco de “San José Esposo de la Santísima Virgen María”, Rionegro.
Presbítero William Alberto RAMÍREZ GÓMEZ, Párroco de “Nuestra Señora de Los Dolores”, San Carlos.
Presbítero Luis Ignacio SÁNCHEZ QUICENO, Párroco de “Nuestra Señora del Carmen”, San Carlos – Samaná, se ratifica como Párroco de “San Juan Bautista”, San Carlos – El Jordán.
Presbítero Luis Hernando BUSTAMANTE BETANCUR, Párroco de “San Vicente Ferrer”, San Vicente.
Artículo segundo: Nómbrese a los siguientes sacerdotes para prestar sus servicios pastorales como se referencia a continuación:
Presbítero Juan Manuel LÓPEZ LÓPEZ, Rector “Capilla Nuestra Señora de Chiquinquirá”, La Ceja.
Presbítero Luis Fernando MARTÍNEZ RAMOS, Rector de la Asociación Sacerdotal “San Pablo Apóstol”, La Ceja, se ratifica como Director de la Asociación Sacerdotal “San Pablo Apóstol”, La Ceja.
Presbítero Elkin de Jesús NARVÁEZ GÓMEZ, Rector “Capilla San Francisco”, Rionegro, se ratifica como “Vicario de Administración” y “Representante Legal de la Asociación Mutual Communio”.
Presbítero Robin Sadid ARGEL BRAVO, como delegado episcopal para “Movimientos Eclesiales”, se ratifica como Delegado Episcopal para la “Pastoral Familiar”.
Artículo tercero: La posesión canónica de los señores curas párrocos se efectuará el día veintisiete (27) de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024) en la Concatedral “San Nicolás el Magno” del Municipio de Rionegro a las 12:00 m.
Artículo cuarto: Todos los párrocos anteriormente nombrados deberán estar en sus respectivas parroquias el día veintinueve (29) de diciembre del presente año.
Artículo quinto: El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Rionegro, (Antioquia) a los dieciséis (16) días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024).
+ Fidel León Cadavid Marín
Obispo de Sonsón Rionegro
Juan Carlos Duque Villada, Pbro.
Canciller