Decreto 054 de 2021

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DECRETO 054
 Diciembre 17 de 2021

FIDEL LEÓN CADAVID MARÍN,
Por gracia de Dios y voluntad de la Sede Apostólica
Obispo de Sonsón-Rionegro 

CONSIDERANDO:

  1. Que, por su misma naturaleza, toda la Iglesia es misionera (Cfr. C.I.C. c. 781).
  2. Que corresponde al Romano Pontífice y al Colegio de los Obispos la dirección suprema y la coordinación de las iniciativas y actividades que se refieren a la obra misional y a la cooperación misionera (Cfr. C.I.C. c. 782 §1).
  3. Que cada Obispo, en cuanto que es responsable de la Iglesia universal y de todas las Iglesias, muestre una solicitud peculiar por la tarea misional, sobre todo suscitando, fomentando y sosteniendo iniciativas misionales en su propia Iglesia particular. (Cfr. C.I.C. c. 782 §2).
  4. Que en cumplimiento del decreto 035 del 03 de diciembre de 2016, se hace esta cooperación misionera a Iglesias hermanas.

DECRETA:

Artículo primero: Envíese a los siguientes sacerdotes para prestar sus servicios pastorales en las Iglesias hermanas a las que se hace referencia a continuación:

Presbítero Fabio de Jesús ARCILA GIRALDO, para la Diócesis de Matanzas – Cuba

Presbítero Luis Javier CASTAÑO URIBE, para la arquidiócesis de “Santiago” en Chile

Presbítero José Ricardo GÓMEZ ARISTIZÁBAL, para la arquidiócesis de “Santiago” en Chile

Presbítero Jorge Hernán GIRALDO LONDOÑO, para la diócesis de “Birmingham”, en Estados Unidos

Presbítero Antonio José ALZATE GRISALES, para la diócesis de “Margarita”, en Venezuela

Presbítero Jorge Armando GUZMÁN MAESTRE, para la diócesis de “Albano”, en Italia

Presbítero Javier Ancizar MONTES MURILLO, para la diócesis de “Cádiz y Ceuta” en España

Presbítero Edwar Edison MORENO TEJADA, para la diócesis de “Chitré” en Panamá

Presbítero Ubeimar de Jesús ACEVEDO ARANGO, para la diócesis de “Talca” en Chile

Presbítero Rony Javier OSUNA CABARCAS, para la el vicariato apostólico de “Esmeraldas” en Ecuador

Presbítero Cesar Augusto SEPÚLVEDA CALLE, para la diócesis de “Tacna y Moquegua” en Perú

Presbítero John Jairo ALONSO MERCHAN para la arquidiócesis de “Madrid” en España

Presbítero Rodolfo Andrés LONDOÑO DE LA ESPRIELLA para la arquidiócesis de “Madrid” en España

Presbítero Hernán Darío CARVAJAL GUIRAL, para la arquidiócesis de “La Paz” en Bolivia

Presbítero Erlein MORA ORDOÑEZ, para la diócesis de “Camden” en New Jersey, Estados Unidos

Presbítero Diego Fernando GIL MURILLO, para la diócesis de “Sincelejo”

Presbítero Javier de Jesús ZULUAGA ZULUAGA, para la diócesis de “Sincelejo”

Presbítero Nelson Eduardo TOBÓN MAZO, para la diócesis de “Buenaventura”

Presbítero Jaime Darío HOLGUÍN DIOSA, para la diócesis de “Líbano -Honda”

Presbítero Alexander VALENCIA RESTREPO, para la diócesis de “Riohacha”

Presbítero David Enrique HERNANDEZ PADILLA, para la diócesis de “Riohacha”

Presbítero Jorge Luis WALTEROS SOTO, para la arquidiócesis de “Popayán”

Presbítero Yovany Alberto LOPERA BALVÍN, para la arquidiócesis de “Popayán”

Presbítero John Jairo POSADA GÓMEZ, para la diócesis de “Buga”

Presbítero Dalton Xavier REYES MARTÍNEZ, para la diócesis de “Santa Marta”

Presbítero William Alberto VASQUEZ ZAPATA, para la diócesis de “Santa Marta”

Presbítero José David RANGEL ESPÍNDOLA, para la diócesis de “Montelíbano”

Artículo segundo: El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Rionegro, (Antioquia) a los diecisiete (17) días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno (2021).

+ Fidel León Cadavid Marín
 Obispo de Sonsón-Rionegro

Juan Carlos Duque Villada Pbro.
Canciller

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