Decreto 014
Mayo 09 de 2012
Fidel León Cadavid Marín
Obispo de Sonsón-Rionegro,
CONSIDERANDO:
1. Que es por medio de la pastoral como los sacerdotes en sus parroquias realizan su misión y entregan su vida al servicio del Evangelio.
2. Que en la diócesis se ha pensado desde tiempo atrás en la creación de una Fundación de carácter pastoral, entidad privada y religiosa, sin ánimo de lucro, cuyo objeto principal de la entidad es: propiciar la solidaridad entre las diferentes entidades e instituciones de Derecho Diocesano, con el fin de fortalecer la misión evangelizadora de la Iglesia católica, tanto en la jurisdicción de la Diócesis de Sonsón-Rionegro como fuera de ella, mediante la contribución y el aporte de recursos económicos y el compartir de capacidades y experiencias pastorales entre los miembros de la Fundación.
3. Que en reunión del Consejo Presbiteral del 02 de mayo del presente año, después de escuchar la opinión de expertos en el tema, se emitió concepto favorable unánimemente, con la aprobación del Obispo Diocesano de la creación de la Fundación Solidaria para la Pastoral.
DECRETA:
Art. 1: Créase en la Diócesis de Sonsón-Rionegro, LA FUNDACIÓN SOLIDARIA PARA LA PASTORAL,entidad privada de carácter religioso sin ánimo de lucro, con sus estatutos debidamente aprobados.
Art. 2: Concédase larespectiva Personería Canónica.
Art. 3: LA FUNDACIÓN SOLIDARIA PARA LA PASTORAL se regirá por los Estatutos que han sido aprobados por el Obispo Diocesano, cuyo texto se conserva en la Cancillería y hacen parte sustantiva del presente decreto.
Art. 4: Nómbrese como Delegado del Obispo Diocesano ante la citada Fundación Solidaria para la Pastoral a Monseñor Darío del Socorro Gómez Zuluaga, con cédula de ciudadanía 15’423.858 Rionegro, (Antioquia)quien será a la vez el representante legal de la entidad.
Art. 5: Nómbresepor tres años como miembros de la Junta Directivaa los sacerdotes nombrados por el Consejo Presbiteral a saber: Presbíteros Sergio Augusto Botero Duque y Ovier Galvis Sánchez lo mismo que al Doctor Oscar Velásquez Uribe.
Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Dado en Rionegro, a los nueve (09) días de mayo de 2012.
+ Fidel León Cadavid Marín
Obispo de Sonsón-Rionegro
Jorge Iván Londoño Henao, Pbro.
Canciller